14 de January de 2018

La certificación de abogados litigantes privados es un proceso único en el país: Salvador Arvizu

La certificación de abogados litigantes privados bajo el Modelo de Justicia Penal Acusatorio es un proceso que únicamente está sucediendo en el estado de Querétaro, partiendo de que en la entidad se trabaja con dos figuras emblemáticas: la Comisión Evaluadora de las Capacidades Técnicas y Ética del Profesionista del Derecho y el ejercicio de la Defensa Penal Pública vía esquema de Subrogación.

En la segunda semana de enero de 2018, concluyó su proceso de certificación del Modelo de Justicia Querétaro la Primera Generación de Abogados Litigantes Privados, conformada por 55 abogados que, una vez que se obtenga el informe final por parte de la Comisión Evaluadora al término de la Décima Sesión, se tendrá con certeza el resultado de los profesionales del derecho que participaron.

El Mtro. Salvador Arvizu Galván, director del Instituto de la Defensoría Penal Pública y coordinador del Modelo de Defensoría Penal Pública y Subrogada (MDPPS) del Modelo de Justicia Querétaro, nos platica en una breve entrevista sobre el diseño, planificación, proceso, evaluación y desarrollo del proceso de certificación en la entidad.

A continuación, la entrevista:

1.- ¿En qué consta el proceso de certificación del Modelo de Justicia Querétaro para abogados litigantes privados?

R.- El proceso de certificación es muy riguroso, consta de cuatro momentos.

El primero es la fase de la invitación, que es la convocatoria abierta a todo litigante, a todo licenciado en Derecho con cédula profesional que desee participar en el esquema de subrogación. Este proceso de invitación implica además, un examen por oposición de conocimientos respecto del Sistema Penal Acusatorio, se le realizará al candidato al curso un examen de 200 preguntas del Sistema Penal Acusatorio y sus instituciones, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Código Nacional de Procedimientos Penales y todas las leyes que giran alrededor del Sistema. Las personas que logren obtener una calificación mayor de ocho podrán ingresar al curso de capacitación.

El segundo momento es la admisión y es cuando el abogado, el compañero alumno tendrá que aportar los elementos que le vamos a solicitar, como es su cédula profesional, que sea desde luego licenciado en Derecho (es un requisito constitucional), algunas constancias o elementos académicos que tengan respecto al Sistema Penal Acusatorio, que sea preferentemente abogado litigante y preferentemente que pertenezca a algún Colegio o a algina Barra.

La tercera fase es el proceso de ejecución del curso académico propiamente dicho, que constará de 50 horas con 100 por ciento de asistencias, para finalmente dar paso a la certificación –el último elemento- con 20 horas más de práctica interinstitucional y algún examen que deba generarse de litigación en ese sentido para concluir el proceso, además de un curso final.

2.- ¿Qué requisitos debe cumplir el abogado que tenga interés en certificarse para estar en posibilidad de ejercer como defensor penal público y subrogado?

R.- Fundamentalmente es para abogados porque nos han llegado solicitudes de algunas otras materias, que si bien tienen una vinculación natural como son la criminalística o criminología, este es un curso dirigido propiamente a los abogados.

Por disposición constitucional ocupan una cédula profesional de Licenciado en Derecho, que pertenezcan preferentemente a un Colegio, Barra o Asociación de Profesionales de Derecho, que ejerzan el litigio penal en el estado de Querétaro y que tengan conocimientos en la materia, básicamente estos elementos son fundamentales, además del curso que es por oposición, que es la manera en que se determina si el compañero abogado tiene la información sustantiva, conceptual y adjetiva del Sistema Penal Acusatorio, a través de esa aprobación con una calificación mínima de ocho, como anteriormente te lo comenté. Estos requisitos son parte integral para que puedan ingresar el curso.


3.- ¿Quién determinó esos requisitos y diseñó el proceso de certificación?

R.- En la Ley del Instituto de la Defensoría Penal Pública establece que es precisamente es la Comisión Evaluadora de Capacidades Técnicas y Ética del Profesionista del Derecho quien planifica, diseña, ejecuta y aprueba programas académicos, planes de estudio, lineamientos de evaluación, requisitos para obtener la certificación y todo esto, se aprobó por la mayoría de los integrantes de dicha Comisión, es decir, este órgano con amplia participación ciudadana pero expertos en el Derecho, que son líderes de escuelas y facultades de Derecho, desde luego nuestras autoridades, representantes del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y compañeros de diferentes organizaciones de abogados en la entidad, como la Barra Queretana, Colegio de Abogados Litigantes y el Colegio de Abogados Penalistas. En la Novena Sesión de la Comisión se aprobaron estos criterios para la certificación 2018.

4.- ¿Cuántos abogados litigantes privados han participado y están certificados con Modelo de Justicia Querétaro?

R.- El pasado miércoles 10 de enero se verificó la última actividad académica realizada por nuestro coordinador general del Modelo de Justicia Querétaro, Juan Martín Granados Torres; la magistrada y líder del Modelo de Procesos Judiciales, Mariela Ponce Villa y el Vice Fiscal, que es el coordinador operativo del Modelo de Atención Diferenciada de la Demanda, Humberto Pérez González.

En esta actividad participaron 55 abogados privados, estos 55 abogados serían –si así lo aprueba la Comisión Evaluadora en la Décima Sesión- quienes sean los abogados certificados de esta Primera Generación y vale la pena mencionar, que es una actividad histórica tanto en el estado como en el país, por la estructura misma de este órgano certificador como el esfuerzo de las Instituciones y del Modelo de consolidar a los defensores, al ejercicio profesional de la defensa técnica y cumplir con el estándar internacional de la misma.


5.- ¿Qué conocimientos adquiere el abogado que cursa dicho proceso para obtener su certificación?

R.- Nos preocupamos por establecer que se contara con información sustantiva y adjetiva del Sistema, realizaron cursos de oposición, que era importante para la realización del mismo y de ahí, se desarrollaron las habilidades en diferentes momentos del proceso penal y al día de hoy, decirte que bajo el método Harvard, bajo la experiencia de los compañeros instructores y desde luego el proceso de evaluación teórica y práctica, permite que los compañeros determinen saber, saber hacer y saber ser.

6.- ¿Existe un proceso de certificación con estas características en otra parte del país?

R.- No, solamente está sucediendo en el estado de Querétaro y por disposición de la propia Ley del Instituto de la Defensoría Penal Pública contar con dos figuras emblemáticas, la Comisión Evaluadora de capacidades técnicas y ética del profesionista del Derecho, que insisto, por su formación genera los criterios de especialización en la materia, tales como académicos, profesionales del derecho y nuestras autoridades, estamos participando muy activa para que se puedan obtener los criterios necesarios de la estándares internacionales de la defensa, es decir, que sea técnica, adecuada y de alta calidad.

Vinculamos la calidad bajo los lineamientos del estándar de la certificación para que ese abogado y sus capacidades estén probadas cuando estén representando a un imputado en una sala de audiencias, decirte que con la información que tenemos hasta el día de hoy, Querétaro es el único estado que lo está haciendo de esta manera, con estos dos elementos, una la Comisión y otra, el ejercicio mismo de la Defensa, vía el esquema de Subrogación.


7.- ¿A qué se refiere cuando menciona que el abogado podrá ejercer la defensa penal pública vía esquema de subrogación?

R.- La subrogación por disposición de la Ley del Instituto, exige que existe esa posibilidad, es decir, que la defensa pueda realizarse a partir de la subrogación, que solo se puede conceder a aquella persona que esté certificada, es un requisito para poder ejercer la subrogación.

Los criterios de asignación de casos también los determina la Comisión Evaluadora y lo único que hace el Instituto a través de tu servidor, es la ejecución del mandato que nos da la Comisión Evaluadora, es decir, la subrogación es la representación jurídica que un abogado privado certificado realiza respecto de un imputado o acusado por la Fiscalía General del Estado, en este sentido, un abogado tendrá la posibilidad de representarlo bajo los lineamientos de la Comisión Evaluadora que, incluso ahorita, los 55 que egresaron podrían verificar, llevar o representar un caso en este sentido.

Solo estamos esperando que la Comisión valide el proceso, lo autorice, se determine propiamente el protocolo de certificación para avanzar con la fase de asignación de casos.


8.- ¿Cuál es el plan que se tiene prevista para el 2018?

R.- A partir de la segunda quincena del mes de enero, se emitirá una convocatoria abierta al público, particularmente para quienes cumplan los requisitos antes mencionados y, se prevé que la convocatoria tenga una duración de aproximadamente un mes.

Estamos estableciendo en el calendario de trabajo que arranquemos a partir de la primera semana de febrero el ejercicio de los trabajos ya de la formación profesional, es decir, la ejecución del curso mismo para más o menos en el mes de mayo estar cerrando el proceso de la segunda generación.


Es importante resaltar que la Primera Generación estuvo conformada por abogados litigantes privados de los municipios de Corregidora, Querétaro, El Marqués, San Juan del Río, Huimilpan y Cadereyta de Montes, además de la Barra de Abogados Queretanos, el Colegio de Abogados Penalistas, la Asociación Queretana de Abogados, la Asociación de Profesionales del Derecho San Juan del Río, el Colegio de Abogados Litigantes capítulo San Juan del Río, es decir, prácticamente todas las asociaciones con representación de algunos integrantes.